Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 78/2020. 13 DE AGOSTO DE 2020. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ARMANDO CRUZ ESPINOSA. PONENTE: JUAN CARLOS CRUZ RAZO. SECRETARIO: CARLOS GREGORIO GARCÍA RIVERA.
Fecha: 30-Abr-2021
Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
2. Emita otra en la cual reitere los aspectos que no son materia de la presente contienda y analice los conceptos de anulación expuestos, partiendo de la base de que no existe confusión fonética entre el registro solicitado por la quejosa en el expediente administrativo de origen y el diverso confrontado por la autoridad demandada.
Así las cosas, al resultar sustancialmente fundados los argumentos en análisis, resulta innecesario abordar el estudio de las restantes manifestaciones planteadas por la parte quejosa, toda vez que en nada variaría el sentido de la presente resolución.
- Considerando
- Signo Propuesto
- Clase Internacional Bebidas Alcohólicas Excepto Cervezas
- Ii Notifíquese
- Artículo Pueden Constituir Una Marca Los Siguientes Signos
- Ii Las Formas Tridimensionales
- Mixtas Compuestas Por La Combinación De Palabras Y Figuras Que Muestran Un Elemento Distintivo
- Al Respecto Por Su Contenido Sirve De Apoyo La Tesis Que Establece Lo Siguiente
- Artículo No Se Registrarán Como Marcas
- Combinación De Letras Que No Forman Una Palabra
- Esas Consideraciones Derivan De Los Criterios Que Este Tribunal Comparte Los Cuales Establecen
- Cobra Aplicación Por El Criterio Que Informa Y Este Tribunal Comparte La Tesis Que Establece
- También Es Evidente Que Entre Ambos Signos Hay Suficientes Elementos Que Permiten Distinguirlos
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Es Aplicable A Lo Anterior Por Analogía La Tesis Que Establece
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se