AMPARO DIRECTO 13/2021. MOVILIDAD URBANÍA DE LA BAHÍA, S.A. DE C.V. 1 DE DICIEMBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOS
Fecha: 04-Feb-2022
Iv Cuando Así Lo Determine La Autoridad Judicial O Administrativa Competente
"‘Para los casos, en que se elimine el nombre de alguna de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas, las entidades deberán reanudar inmediatamente la realización de los actos, operaciones o servicios con los clientes o usuarios de que se trate.’
"75 a. La secretaría autorizará a la entidad, sin perjuicio de lo establecido en el presente capítulo, el acceso a determinados recursos, derechos o bienes, así como actos, operaciones y servicios, para efectos del cumplimiento de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano, en términos de la resolución 1452 (2002) del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas, así como para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con alguna entidad."
- Resultando
- Considerando
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- I Xix
- A Posean La Característica De Ser Actos O Resoluciones De Carácter Definitivo
- Artículo
- Se Reproducen
- A La Secretaría Deberá Eliminar De La Lista De Personas Bloqueadas A Las Personas Que
- Iv Cuando Así Lo Determine La Autoridad Judicial O Administrativa Competente
- Estas Disposiciones Contienen El Procedimiento Siguiente
- Integrado Por Las Disposiciones Que Se Reproducen A Continuación
- Ii Instituciones De Banca De Desarrollo
- Reformada Dof De Febrero De
- V El Código Fiscal De La Federación Respecto De La Actualización De Multas
- D Órganos Administrativos Desconcentrados