Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO EN REVISIÓN 667/2023
Fecha: 22-Ene-2025
I. COMPETENCIA
- Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente amparo en revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción I, inciso e), y 83 de la Ley de Amparo; 21, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno ; en relación con lo dispuesto en los puntos Primero y Tercero del Acuerdo General 1/2023, emitido por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por tratarse de un recurso de revisión interpuesto en contra de una sentencia de amparo indirecto, respecto del cual esta Suprema Corte determinó ejercer su facultad de atracción para conocer del asunto.
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