Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO EN REVISIÓN 667/2023
Fecha: 22-Ene-2025
III. LEGITIMACIÓN
- Esta Primera Sala considera que el señor Persona “B” y la señora Persona “A” cuentan con la legitimación necesaria para interponer los recursos de revisión, pues tienen reconocidos el carácter de tercera interesada y quejosa, respectivamente, en el juicio de amparo indirecto del que deriva el presente recurso, en términos del artículo 5, fracciones I y III, de la Ley de Amparo .
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