AMPARO EN REVISIÓN 105/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 105/2023

Fecha: 13-Ago-2025

Encabezado

AMPARO EN REVISIÓN 105/2023

PARTE QUEJOSA Y Recurrente: ********** Y OTROS

TERCERA INTERESADA Y RECURRENTE: **********

PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA

SECRETARIAS: FRIDA RODRÍGUEZ CRUZ Y JEANNETTE VELÁZQUEZ DE LA PAZ

COLABORADOR: JUAN CARLOS CALZADA CHARRE

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Las construcciones de diversas granjas avícolas en zonas aledañas a comunidades indígenas del municipio de Huimilpan, Querétaro, motivaron la tramitación de un juicio de amparo indirecto en el que se alegaron violaciones al derecho de consulta previa, a la salud y al medio ambiente. Las comunidades de la región promovieron el amparo tras recibir el oficio **********, que informaba sobre las licencias otorgadas a la empresa **********para operar granjas avícolas en la zona.

El amparo se promovió contra autoridades municipales, estatales y federales que autorizaron los proyectos sin consulta ni participación de las comunidades. Luego de diversas reposiciones del procedimiento, el Juzgado de Distrito dictó sentencia en la que sobreseyó parcialmente —incluyendo algunas comunidades por falta de interés jurídico al no ser directamente destinatarias de los actos— y concedió el amparo por haberse omitido el derecho de audiencia y la evaluación del posible daño ambiental y sanitario. Se ordenó dejar sin efectos la licencia de construcción y el dictamen de uso de suelo, y garantizar la participación de las comunidades conforme a sus costumbres, su relación con el territorio y su derecho a una salud integral.

Ante la impugnación de las partes, se ordenaron varias reposiciones del procedimiento: primero, para subsanar la falta de acreditación de personalidad; luego, para recabar periciales en materia de topografía e impacto ambiental que permitieran valorar con mayor precisión la ubicación geográfica de las comunidades indígenas, los bienes naturales involucrados y los derechos posiblemente vulnerados.

El 15 de diciembre de 2020 se dictó una nueva sentencia que volvió a sobreseer en parte y conceder el amparo. Ante nuevos recursos de revisión, el Tribunal Colegiado solicitó a la Suprema Corte el ejercicio de la facultad de atracción para establecer criterios en contextos de riesgo sanitario y precariedad estructural. La Primera Sala resolvió atraer el asunto y lo radicó con el número 105/2023.


AMPARO EN REVISIÓN 105/2023

PARTE QUEJOSA Y Recurrente: ********** Y OTROS

TERCERA INTERESADA Y RECURRENTE: **********

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA

COTEJÓ

SECRETARIA: FRIDA RODRÍGUEZ CRUZ Y JEANNETTE VELÁZQUEZ DE LA PAZ

COLABORÓ: JUAN CARLOS CALZADA CHARRE

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al trece de agosto de dos mil veinticinco, emite la siguiente: