CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 20/2021. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y QUINTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 30 DE MAYO DE 2022. MAYORÍA DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JESÚS DE ÁVILA HUERTA, RENÉ O
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 20/2021. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y QUINTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 30 DE MAYO DE 2022. MAYORÍA DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JESÚS DE ÁVILA HUERTA, RENÉ O

Fecha: 15-Jul-2022

Segundoadmisión De La Contradicción De Tesis

6. Por acuerdo de ocho de diciembre de dos mil veintiuno, la presidencia de este Pleno de Circuito admitió a trámite el asunto, con el número de expediente de contradicción de tesis 20/2021 (actualmente contradicción de criterios), de conformidad con los artículos 94, séptimo párrafo, y 107, fracción XIII, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 226, fracción III, de la Ley de Amparo, vigentes hasta el once de marzo y siete de junio de dos mil veintiuno, respectivamente, en congruencia con el numeral 9o. del Acuerdo General 8/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.