CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 243/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 243/2023

Fecha: 29-Nov-2023

VII. DECISIÓN

Por lo antes expuesto y fundado, se resuelve:

Primero. Esta Segunda Sala carece de competencia legal por lo que hace a los Tribunales Colegiados de Circuito precisados en el considerando II.

Segundo. Esta Segunda Sala es competente por lo que hace a los órganos colegiados establecidos en el considerando III.

Tercero. Son inexistentes las contradicciones de criterios denunciadas.

Notifíquese; remítase testimonio de la presente resolución a los órganos colegiados contendientes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa (ponente), Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán.