Suprema Corte de Justicia de la Nación CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 103/2023
Fecha: 17-Abr-2024
ANTECEDENTES DEL ASUNTO
- Denuncia de la contradicción. Mediante Oficio 52/2023 presentado ante el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Norte, los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito denunciaron la posible contradicción entre el criterio sostenido al resolver el amparo directo 109/2022 de su índice y el criterio del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito al resolver el amparo directo 507/2014 –que dio origen a la tesis I.11o.C.68 C (10a.)–. Asimismo, remitieron una copia de la sentencia emitida bajo su jurisdicción.
- El Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Norte remitió vía electrónica , a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, el escrito de denuncia de contradicción de criterios y la sentencia del amparo directo 109/2022, del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.
- Trámite de la denuncia. Por acuerdo de dieciocho de abril de dos mil veintitrés, la Presidencia de este Alto Tribunal admitió a trámite la denuncia de contradicción de criterios, la registró con el número de expediente 103/2023 y ordenó el trámite respectivo para la debida integración de éste. Asimismo, turnó el asunto al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
- Por acuerdo de diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, el Ministro Presidente de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se avocó al conocimiento del asunto y ordenó remitirlo al Ministro Ponente para la elaboración del proyecto de resolución respectivo. De igual manera, se tuvo al Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito informando que su criterio se encuentra vigente y remitiendo la versión digitalizada de la sentencia correspondiente.
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