CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 53/2025.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 53/2025.

Fecha: 14-May-2025

ANTECEDENTES DEL ASUNTO

  1. Denuncia de la contradicción. Mediante escrito presentado vía MINTERSCJN y registrado en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el siete de marzo de dos mil veinticinco, el Juez Primero de Distrito en el Estado de Durango, con residencia en la ciudad de Durango, denunció la posible contradicción de criterios entre los tribunales colegiados citados al rubro, respecto a si procede conceder la suspensión provisional para que las autoridades responsables continúen realizando la aportación institucional del Seguro de Separación Individualizado que el personal del Instituto Federal de la Defensoría Pública había recibido hasta la aplicación de los comunicados 2/2025 y 3/2025 emitidos por el Secretario del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mediante los cuales se ordenó la disminución del porcentaje aportado del sueldo básico por el trabajador.
  2. Trámite de la denuncia. Por acuerdo de trece de marzo de dos mil veinticinco, la Ministra Presidenta de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la denuncia, la registró con el número 53/2025 , solicitó a los órganos contendientes que remitieran vía electrónica la versión digitalizada del original o la copia certificada de los escritos de agravios y de las ejecutorias en que emitieron los criterios denunciados, e informaran si éstos se encontraban vigentes; además, determinó que la competencia para conocer del asunto, al derivar de la materia administrativa, corresponde a la Segunda Sala de este Alto Tribunal; finalmente, lo turnó a la Ministra Yasmín Esquivel Mossa.
  3. Avocamiento. Por acuerdo de uno de abril de dos mil veinticinco, el Presidente de la Segunda Sala de este Alto Tribunal ordenó que ésta se avocara al conocimiento del presente asunto y, el veintitrés de abril siguiente se enviaron los autos del asunto a la Ministra ponente para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.