Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTRADICCIÓN DE TESIS 284/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN Y EL TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. 2 DE MARZO DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERT
Fecha: 05-Ago-2022
Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores
21. "Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
"Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
"La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos."
22. "Artículo 21. Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe."
- Índice Temático
- Resultando
- Tengo A Bien Denunciar La Posible Contradicción Entre
- Número De Identificación De La Tesis Iv Regióno L A
- Considerando
- Octavo Estudio De Fondo Conceptos De Violación Sic Resultan Fundados
- Artículo Artículo Artículo Artículo
- De Las Anteriores Consideraciones Derivó La Tesis Aislada Iv Regióno L A De Rubro
- Ii Amparo Directo Del Índice Del Tribunal Colegiado Del Trigésimo Primer Circuito
- Habitaciones Para Los Trabajadores
- I Administrar Los Recursos Del Fondo Nacional De La Vivienda
- Artículo Son Obligaciones De Los Patrones
- Artículo Para Los Efectos De Este Reglamento Se Entenderá Por
- I Inscribirse E Inscribir A Sus Trabajadores En El Instituto
- Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis Denunciada
- Órgano Auxiliado Por El Tribunal Colegiado Denunciante
- Artículo
- Cinco Por Ciento
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