Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS GÜNTHER D
Fecha: 30-Sep-2022
Ii Informará Al Conductor Del Vehículo El Motivo De La Detención
"III. Solicitará al conductor la entrega de la licencia para conducir y la tarjeta de circulación, así como, en su caso, la demás documentación inherente al servicio que preste, y
"IV. En caso de que proceda la multa, el policía federal requisitará la boleta de infracción asentando con letra completamente legible la información que el formato requiera y fijará al infractor la sanción que corresponda, además de:
- Considerando
- Ii Llegaron A Conclusiones Encontradas Respecto A La Solución De La Controversia Planteada
- En Ese Sentido Se Trae A Colación Lo Que Se Concibe Por Interés Jurídico
- Iii La Reincidencia
- Iv Retiro De Los Vehículos De La Circulación
- Ii Informará Al Conductor Del Vehículo El Motivo De La Detención
- A La Narración Sucinta Y Objetiva De Los Hechos De Que Sea Responsable El Conductor
- Para Efectos Del Presente Reglamento Se Entenderá Por Falta Grave
- Artículo El Pago De La Multa Se Realizará En Términos De Las Disposiciones Aplicables