CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 37/2022. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE MORELOS. PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MORELOS. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 37/2022. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE MORELOS. PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MORELOS. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.

Fecha: 15-Feb-2023

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.

Los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

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II. (...)

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Corresponde a las legislaturas de los Estados la aprobación anual del presupuesto de egresos correspondiente. Al señalar las remuneraciones de servidores públicos deberán sujetarse a las bases previstas en el artículo 127 de esta Constitución.

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