CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 4/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 4/2023

Fecha: 12-Jul-2023

II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS, ACTOS U OMISIONES RECLAMADAS

  1. En términos del numeral 41, fracción I, de la Ley Reglamentaria de la materia, es dable fijar los actos objeto de la controversia y apreciar las pruebas respectivas para tenerlos por demostrados o no.
  2. En su demanda, la parte actora solicitó la declaración de invalidez del Decreto número 610 (seiscientos diez), publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 6147 (seis mil ciento cuarenta y siete), de siete de diciembre de dos mil veintidós, a través del cual el Poder Legislativo de Morelos, determinó otorgar pensión por viudez a ********** y por orfandad a **********, ********** y **********, todos de apellido **********, con cargo al presupuesto del Poder Judicial del Estado de Morelos.
  3. Así, la existencia del acto cuya invalidez se solicitó quedó acreditada con un ejemplar del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 6147 (seis mil ciento cuarenta y siete), de siete de diciembre de dos mil veintidós.
  4. Ahora bien, de la lectura de la demanda, en particular, del único concepto de invalidez que hizo valer el Poder Judicial del Estado de Morelos, se advierte que, en realidad, se duele de que se hayan otorgado las pensiones por viudez y orfandad con cargo a su presupuesto sin haberle transferido los recursos económicos necesarios para cumplir tal señalamiento, determinación que se encuentra en el artículo 2 del Decreto número 610 (seiscientos diez), como se advierte a continuación: