ÍNDICE TEMÁTICO
Tema: Determinar si es procedente el medio de defensa tomando en cuenta que se señalaron como actos impugnados los artículos 65 a 69 y 72 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, en virtud de su aplicación atribuida al "Dictamen preliminar sobre la propuesta regulatoria denominada: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL BANDO REGLAMENTARIO QUE REGULA LA UTILIZACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE BICICLETAS Y MONOPATINES ELÉCTRICOS SIN ANCLAJE EN LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ".
controversia constitucional 212/2022
ACTOR: alcaldía benito juárez, ciudad de méxico
DEMANDADOS: PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO de la ciudad de méxico
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
COTEJÓ
SECRETARIA: IVETH LÓPEZ VERGARA
Colaboró: Paulina Gabriela Espino Osuna
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día seis de marzo de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
S E N T E N C I A
Mediante la cual se resuelve la controversia constitucional 212/2022, promovida por la Alcaldía Benito Juárez en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Ciudad de México.
El problema para resolver por esta Segunda Sala se circunscribe a determinar si es procedente el medio de defensa tomando en cuenta que se señalaron como actos impugnados los artículos 65 a 69 y 72 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, en virtud de su aplicación atribuida al "Dictamen preliminar sobre la propuesta regulatoria denominada: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL BANDO REGLAMENTARIO QUE REGULA LA UTILIZACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE BICICLETAS Y MONOPATINES ELÉCTRICOS SIN ANCLAJE EN LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ".
