INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 738/2012. 15 DE AGOSTO DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS; EN SU AUSENCIA HIZO SUYO EL ASUNTO MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. SECRETARIO: ROBERTO RODRÍGUEZ MALDONADO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 738/2012. 15 DE AGOSTO DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS; EN SU AUSENCIA HIZO SUYO EL ASUNTO MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. SECRETARIO: ROBERTO RODRÍGUEZ MALDONADO.

Fecha: 15-Ago-2012

Vi Aprobar Ejercer Y Controlar Su Presupuesto De Egresos Conforme A Los Ingresos Disponibles

"Artículo 104. La Tesorería Municipal es el órgano de recaudación de los Ayuntamientos y estará a cargo de un tesorero que será nombrado por el propio Ayuntamiento a propuesta del presidente municipal."

"Artículo 140. Las disposiciones relativas a la programación, presupuestación, control y evaluación del gasto público municipal, así como su operación, estarán a cargo del Ayuntamiento."

"Artículo 155. Los Ayuntamientos podrán autorizar ampliaciones presupuestales cuando se presenten situaciones extraordinarias y siempre que se cuente con los recursos necesarios para cubrirlas."

5. "Tercero. Una vez que en un Tribunal Colegiado de Circuito se radique y registre un incidente de inejecución o una denuncia de repetición del acto reclamado de las indicadas en el considerando cuarto de este acuerdo, se desarrollará el procedimiento siguiente:

"...

"II. Los autos se remitirán al Magistrado que corresponda conforme al turno previamente establecido, el cual contará con quince días hábiles para presentar ante el tribunal respectivo proyecto de resolución, en el que proponga:

"...

"1.4 Se advierta que tratándose de sentencias cuyo cumplimiento implique la devolución de una cantidad líquida, el Juez de Distrito no haya desarrollado el procedimiento de ejecución conforme a lo establecido en la jurisprudencia del Pleno de este Alto Tribunal." (Modificado mediante instrumento normativo del tres de octubre de dos mil once)