QUEJA 36/2021. 6 DE MAYO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: DANIEL GUZMÁN AGUADO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRADO. SECRETARIA:
Fecha: 25-Jun-2021
Las Tecnologías De La Información En El Ámbito De La Impartición De Justicia
"Uno de los objetivos de la presente iniciativa es, precisamente, trasladar las experiencias positivas que ha venido generando el uso de las tecnologías de la información en otras materias al ámbito de la impartición de la justicia constitucional, lo cual, dicho sea de paso, favorecerá en mucho el respeto y pleno ejercicio del derecho a una justicia pronta y expedita reconocido en el artículo 17 constitucional, así como en los tratados internacionales de derechos humanos de los que México es Parte.
"De hecho, debe reconocerse que el ámbito de la impartición de justicia no ha permanecido ajeno a los procesos tecnológicos en el manejo de la información. Por un lado, la sistematización de la información jurídica ha permitido una más amplia difusión de los alcances de las sentencias que conforman tesis y criterios jurisprudenciales de los órganos jurisdiccionales y, por otra parte, se ha contado con herramientas que han permitido avanzar hacia una impartición de justicia más expedita.
"Sobre este particular, es importante recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación organizó en 2003 la ‘Consulta Nacional para una Reforma Integral y Coherente del Sistema Nacional de Impartición de Justicia en el Estado Mexicano’. Los resultados obtenidos fueron concluyentes: los órganos jurisdiccionales requieren emprender un proceso de modernización en el que se consideren, cuando menos:
"A) Permitir como instrumentos jurídico-procesales las aplicaciones de mensajes de datos, Firma Electrónica Avanzada y la conservación por medios electrónicos de la información generada, comunicada y archivada mediante medios ópticos, electrónicos o cualquier otra tecnología equivalente.
"B) Es urgente la promoción de la conversión de información contenida en papel a medios virtuales, para un manejo de la información más ágil.
"C) Analizar la posibilidad de que el correo electrónico pueda utilizarse como medio válido para la remisión de correspondencia oficial entre órganos del Poder Judicial de la Federación.
"D) Promover la utilización de la firma electrónica para permitir la consulta de expedientes, tomando como antecedente el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes que se encuentra en operación desde 2001.
"En esta lógica, no pasa desapercibido para los legisladores que suscribimos la presente iniciativa, que ya existen experiencias en esta materia en el ámbito de la impartición de justicia. Tal es el caso del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, órgano el cual ha impulsado cambios y ejercicios cuyo alcance es congruente a las conclusiones anteriormente descritas.
"A su vez, el Sistema de Justicia en Línea es un sistema informático establecido por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que tiene por objeto registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancia ante el mismo. Sobra decir que este mecanismo es muy similar al Sistema (sic) de Seguimiento de Expedientes (SISE) del Poder Judicial de la Federación que se encuentra en funcionamiento desde 2001 y que actualmente se encuentra albergado en la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal.
"De hecho, a raíz de esta experiencia, es de destacarse que el Ejecutivo Federal presentó, con fecha 3 de septiembre de 2009, una iniciativa con proyecto de decreto que propuso la reforma y adición –precisamente– a diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y cuyo objetivo es simplificar la actuación procesal de los órganos jurisdiccionales y modernizar el sistema de impartición de justicia otorgando validez a las promociones judiciales que se realicen a través de medios digitales como el correo electrónico y la firma electrónica, con los mismos efectos jurídicos que los comunicados oficiales y las firmas autógrafas.
"Por lo anterior, la homologación de los mecanismos con los que cuentan los órganos encargados de la impartición de justicia es una de las preocupaciones primordiales de los que suscribimos la presente iniciativa.
- Considerando
- En Ese Contexto Se Estima Que El Actuar Del Juzgado De Amparo Fue Incorrecto
- Modernización En La Tramitación Del Juicio De Amparo Firma Electrónica
- Las Tecnologías De La Información En El Ámbito De La Impartición De Justicia
- Inclusión De La Firma Electrónica A Través De Acuerdos Del Consejo De La Judicatura Federal
- Descripción Del Contenido De La Reforma
- Las Disposiciones Digitales Ocupan Un Lugar Relevante En La Actividad Humana
- La Necesidad De Tecnologías De La Información En La Impartición De Justicia
- Lo Anterior Precisamente Con La Facilidad De Acceso A Los Medios Técnicos E Informáticos
- De Ahí Que Es Innegable La Vulnerabilidad Del Quejoso Recurrente
- Únicose Declara Fundado El Recurso De Queja
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Sección Abeneficiarios De Las Reglas Punto Reglas Y
- Artículo O En El Juicio De Amparo Las Promociones Deberán Hacerse Por Escrito