RECURSO DE RECLAMACIÓN 16/2024-CA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE RECLAMACIÓN 16/2024-CA

Fecha: 17-Abr-2024

III. PROCEDENCIA

15. El recurso de reclamación combate el auto por el que el Ministro instructor desechó la demanda de controversia constitucional.

16. El artículo 51, fracción I, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la CPEUM establece que el recurso de reclamación en controversia constitucional es procedente contra autos que admitan o desechen una demanda. En consecuencia, el recurso planteado resulta procedente, toda vez que actualiza el supuesto.

17. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres Guadarrama (ponente), Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán. Estuvo ausente la Ministra Yasmín Esquivel Mossa.