VIII. ESTUDIO DE FONDO
29. El Municipio actor demanda la invalidez del decreto publicado en el
Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el veintiuno de septiembre
de dos mil veintiuno, a través del cual el Gobernador extendió la
vigencia de otro decreto, publicado el veintidós de septiembre de dos mil
veinte, en el que manifestó su decisión de asumir temporalmente el
mando de la policía municipal de Matamoros, en ejercicio de la facultad
prevista en el artículo 115, fracción VII, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, esto es, con motivo de casos que fueron
calificados por el Ejecutivo local como de fuerza mayor o alteración
grave del orden público en el municipio.
30. De la lectura de los conceptos de invalidez se desprende que el
Municipio de Matamoros plantea que esta decisión transgrede los
artículos 14, 16, 21, 73, fracción XXIII, y 115 de la Constitución Federal
porque: 1) vulnera el régimen competencial en materia de seguridad
pública y con ello transgrede su autonomía; 2) afecta el principio de libre
Mossa. El Ministro José Fernando Franco González Salas emitió su voto con
reservas. Párrafos 40 a 43.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
- CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 157/2021
- I. COMPETENCIA
- II. PRECISIÓN DEL ACTO IMPUGNADO
- CONSIDERANDO
- DECRETO GUBERNAMENTAL MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA
- MUNICIPAL DE LA HERÓICA MATAMOROS POR ALTERACIONES
- TRANSITORIOS
- IV. OPORTUNIDAD
- V. LEGITIMACIÓN ACTIVA
- VI. LEGITIMACIÓN PASIVA
- VII. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
- VIII. ESTUDIO DE FONDO
- CONCURRENTE EN LA QUE TODAS LAS INSTANCIAS DE GOBIERNO DEBEN
- IX. EFECTOS
- X. DECISIÓN
