INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 274/2018. 8 DE FEBRERO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RODRIGO MAURICIO ZERÓN DE QUEVEDO. SECRETARIA: KATHIA GONZÁLEZ FLORES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 274/2018. 8 DE FEBRERO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RODRIGO MAURICIO ZERÓN DE QUEVEDO. SECRETARIA: KATHIA GONZÁLEZ FLORES.

Fecha: 26-Abr-2019

En La Demanda La Quejosa Solicitó La Suspensión De La Siguiente Manera

"...vengo a solicitar la suspensión provisional y, en su oportunidad, la definitiva del acto reclamado, en atención de que en el presente caso se considera procedente conceder los beneficios de la suspensión definitiva, para el único efecto de que las autoridades responsables calculen las tarifas eléctricas que tenga que pagar la quejosa por suministro de energía eléctrica, conforme a las disposiciones generales que actualmente se encuentren vigentes, ya que, como se ha expuesto, hasta la fecha no se han publicado las disposiciones generales que exige el artículo 138 de la Ley de la Industria Eléctrica; por tanto, de acuerdo con el artículo vigésimo primero transitorio de la ley en cita, la autoridad responsable debe aplicar las disposiciones generales vigentes hasta antes de la expedición de la Ley de la Industria Eléctrica, es decir, lo único que se está solicitando es que se cumpla con una disposición legal válidamente emanada del Congreso, misma que nos permitimos reproducir: