SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 3/2009. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fecha: 01-Ene-1917
Considerando
PRIMERO. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente solicitud de modificación de jurisprudencia, con fundamento en el artículo 197, último párrafo, de la Ley de Amparo, toda vez que la tesis jurisprudencial cuya modificación se solicita versa sobre una de las materias en las que este cuerpo colegiado se especializa, además de que fue sustentada por esta propia Sala.
SEGUNDO. La resolución en la que se determinó que debía solicitarse la modificación de jurisprudencia en lo que interesa dice:
"De las consideraciones transcritas destaca que se analizó la calidad de parte y claramente se estableció que el actor adquiere esta calidad por el hecho de que se admita la demanda, aunque quizá pudiera considerársele como tal desde que se presenta la demanda, aunque se le deseche, mientras que el demandado se integra a la relación procesal desde que se le emplaza a juicio; pero para efectos del amparo, le reconoce esa calidad al demandado que no ha sido emplazado. La jurisprudencia que se analiza, hizo un análisis genérico de las partes y no se pronunció sobre la calidad de tercero perjudicado del demandado en un juicio ejecutivo mercantil, que aunque queda comprendido en la categoría de juicios distintos al orden penal, en que el actor sea el quejoso y el demandado no haya sido emplazado al juicio de origen, sí reviste una circunstancia que puede producir un inconveniente si es que se le emplaza al juicio de amparo directo. En efecto, la aplicación del criterio jurisprudencial en análisis, desvirtúa la naturaleza del juicio ejecutivo mercantil cuyo trámite se rige por las disposiciones del título tercero del Código de Comercio, vigente al diecinueve de mayo de dos mil ocho, día en que el aquí quejoso presentó la demanda, que enseguida se transcriben:
"‘Artículo 1,391. El procedimiento ejecutivo tiene lugar cuando la demanda se funda en documento que traiga aparejada ejecución.
- Secretario Francisco Gorka Migoni Goslinga
- Resultando
- Considerando
- Iv Los Títulos De Crédito
- Artículo En El Embargo De Bienes Se Seguirá Este Orden
- A Presupone La Existencia De Un Título Ejecutivo
- E Su Tramitación Es Sumaria
- Artículo
- Iii El Tercero O Terceros Perjudicados Pudiendo Intervenir Con Ese Carácter
- La Contraparte Del Agraviado En Ese Juicio Y
- A Que El Acto Reclamado Emane De Un Juicio O Controversia
- C Que Exista Contraparte Del Quejoso
- Los Criterios Doctrinarios Antes Expuestos Permiten Establecer Las Siguientes Conclusiones
- Primeroes Procedente La Solicitud De Modificación De Jurisprudencia