SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 16/2012. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO. 6 DE FEBRERO DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: MÓ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 16/2012. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO. 6 DE FEBRERO DE 2013. CINCO VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: MÓ

Fecha: 06-Feb-2013

Iii Competencia

17. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente asunto conforme lo dispuesto en los artículos 194, tercer párrafo, 197, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo y 21, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los puntos segundo y cuarto del Acuerdo General Plenario Número 5/2001, de veintiuno de junio de dos mil uno, reformado mediante el Acuerdo General Plenario Número 3/2008 emitido el diez de marzo de dos mil ocho, en atención a que se trata de la solicitud de modificación de una jurisprudencia en materia civil emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.