Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2023-S1
Fecha: 27-Jun-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2023-S1
Sucre, 27 de junio de 2023
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de libertad
Expediente: 46353-2022-93-AL
Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 001/2022 de 11 de marzo, cursante de fs. 51 a 56, pronunciada dentro de la acción de libertad presentada por Bertha Celia Fonseca Grimaldis contra Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. Las atribuciones de las salas en materia penal, son:
- Artículo 58. (ATRIBUCIONES DE LAS SALAS EN MATERIA PENAL).
- II. Las audiencias se realizarán con la presencia ininterrumpida de las partes, salvo las excepciones establecidas en este Código. | II. La inasistencia del imputado a los Tribunales de alzada, como efecto de los recursos de apelaciones restringidas
- I. La incomparecencia del imputado no justificada, tendrá los efectos previstos por el Código de Procedimiento Penal. | II. Cuando el abogado defensor no pueda estar presente a la audiencia convocada por la autoridad judicial, deberá hacer conocer su
- I. La inconcurrencia del abogado defensor del imputado, será sancionado conforme a lo previsto por el Código de Procedimiento Penal.
- SEÑOR VOCAL – DR. HENRY SANCHEZ CAMACHO. – VISTOS. -
- POR TANTO
- MAGISTRADA