SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2024-S1
Fecha: 31-Dic-2024
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2024-S1
Sucre, 31 de diciembre de 2024
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción popular
Expediente: 59628-2023-120-AP
Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 0002/2023 de 27 de noviembre, cursante de fs. 1437 a 1446, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por Dionicio Gonzales Huayllas Tata Kuraka Mayor de la parcialidad Urinsaya, Pablo Zeballos Romero Tata Kuraka Mayor de la parcialidad Aransaya y Raymundo Gutiérrez Gonzales, Kuraka del Ayllu Tacchi, todos representantes del Territorio de la Organización de los Pueblos Indígenas Originarios de Marka Quila Quila, contra Luis Alberto Arce Catacora, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia; Remmy Rubén Gonzales Atila, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras; Eulogio Nuñez Aramayo, Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA); Juan Carlos Quispe Layme, Director Departamental del INRA de Chuquisaca; Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuéllar, Magistradas de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- POLIGONO 529 COMUNIDAD CAMPESINA CHULLPAS | CAMPESINA CHULLPAS PARCELA 089 | MUNICIPALIDAD DE SUCRE
- UNIDAD EDUCATIVA COMUNIDAD | DENOMINACIÓN DE LA PARCELA | POSEEDOR(ES) | SUPERFICIE EN (ha) | CLASIFICACIÓN Y ACTIVIDAD | UNIDAD EDUCATIVA COMUNIDAD | CAMPESINA SAYACA PARCELA 135 | MUNICIPALIDAD DE SUCRE
- POLIGONO 531 COMUNIDAD SAYACA
- COMUNIDAD ORIGINARIA
- MUNICIPALIDAD DE SUCRE | COMUNIDAD ORIGINARIA | SISIPUC0 245 | MUNICIPALIDAD DE SUCRE
- PEQUEÑA OTROS
- PEQUEÑA OTROS | MUNICIPALIDAD DE SUCRE
- TACCHI PARCELA 565
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. La persona natural o jurídica que pruebe interés legítimo en una Acción de Defensa podrá presentarse ante la Jueza, Juez o Tribunal, que de estimarlo necesario, admitirá sus alegaciones en audiencia. |
- Artículo 31. (COMPARECENCIA DE TERCEROS).
- Bajo este entendimiento, previamente a ingresar al fondo de las cuestiones planteadas, se examinará lo concerniente a la notificación y participación de los terceros interesados en la presente acción tutelar; en ese orden, de la revisión de la demand