SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2024-S3
Fecha: 27-Dic-2024
“ARTÍCULO 31. (DEL DIRECTORIO).
El Directorio es el órgano ejecutivo y representativo de la Asociación estará conformado por: Un Presidente, Un Vicepresidente/Tesorera, Un Secretario/Vocales. La gestión administrativa tendrá la duración de dos años calendario, pudiendo ser reelectos por un período consecutivo, con aprobación expreso de la Asamblea General, siempre y cuando el balance general y memoria anual de su gestión haya sido aprobado, con aprobación expresa de la Asamblea General, en esta Asamblea General se nominarán los tres nombres del directorio y para este efecto estarán presentes los Presidentes de barrio los mismos que deberán ser usuarios de este servicio y tener el pago del consumo de agua al día, para realizar la nominación de los tres nombres”.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. La determinación final sobre la exclusión de un asociado solo podrá ser efectuada por la Asamblea General aprobada por dos tercios de votos, previo el conocimiento del sumario informativo, preparado por el
- “ARTÍCULO 15. (RESOLUCIÓN DE EXCLUSIÓN DE SOCIOS).
- “ARTÍCULO 25. (CONVOCATORIA Y ASISTENCIA).
- “ARTÍCULO 30. (DE LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIA).
- “ARTÍCULO 31. (DEL DIRECTORIO).
- “ARTÍCULO 34. (ATRIBUCIONES).
- “ARTÍCULO 36. (DEL PRESIDENTE). | I. El proceso sumario informativo lo sustanciará el Comité Disciplinario en su primera instancia luego el Directorio, a denuncia o de oficio. | II. A dicho fin en la segunda instancia el Directorio pondrá en conoci
- “ARTÍCULO 13. (DEL PROCESO SUMARIO INFORMATIVO)
- “ARTÍCULO 18. (POSESIÓN DE LAS AUTORIDADES ELECTAS).
- POR TANTO