Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 075/2000
Fecha: 13-Oct-2000
1º.-
1º.- Que en la sentencia Constitucional de 13 de octubre de 2000, “se reconoce sólo y exclusivamente que el organismo administrativo de la Dirección Distrital de Impuestos Internos de Cochabamba tiene jurisdicción y competencia para perseguir y cobrar impuestos en el ámbito de su jurisdicción territorial” sic.