Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 075/2000
Fecha: 13-Oct-2000
V.3.
V.3. Que el inc. a) del art. 7 el D.S. No. 25155 reconoce entre las atribuciones que tiene el Servicio Nacional de Impuestos Internos la de administrar el régimen de impuestos internos, ejerciendo las facultades otorgadas por el Código Tributario para la percepción, fiscalización y cobro de impuestos internos.