SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 075/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 075/2000

Fecha: 13-Oct-2000

I.2.

I.2.          Refiere que los términos de los contratos establecen que la empresa "CONO SUR S.R.L.” se encargará del cobro de rodaje por cuenta del Servicio Departamental de Caminos de Cochabamba y Santa Cruz, en todos los retenes de los departamentos de Cochabamba y Santa Cruz, respectivamente; obligándose en el primer caso al pago mensual de un monto fijo de dos millones ciento diez mil bolivianos que serán incrementados en 5% según el tipo de contrato y en el segundo caso (Santa Cruz) el pago mensual fijo de cuatro millones cincuenta mil bolivianos monto a incrementarse mensualmente.