SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 074/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 074/2000

Fecha: 31-Oct-2000

I.3.

I.3.  Que, al señalar el art. 36 del D.S. Nº 23968, que en casos de retiro de funcionarios de la carrera administrativa se regirán por las disposiciones emanadas de la Secretaría Nacional de Educación, ahora Ministerio de Educación, “...de acuerdo al reglamento del funcionario público, este último no se ha promulgado, y lo que existe para este efecto y que no fue derogado es la tantas veces mencionada Resolución Suprema Nº 212414...”, por lo que el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes tomando en cuenta dicha disposición, debía partir de ella; sin embargo, no se la observó, por cuya razón la tramitación del proceso contraviene la Constitución Política del Estado en su art. 31.  Por otro lado la Ley 1565 y el D.S. Nº 23968 en su art. 39 ratifica la vigencia del Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias, lo cual significa que la R.S. Nº 212414 no se ha derogado y consiguientemente,  el auto nombrado Tribunal de la Dirección Distrital del Servicio de Educación carece de jurisdicción y competencia al igual que el de alzada por prescripción de los arts. 15 y 18 de la referida Resolución.