SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 074/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 074/2000

Fecha: 31-Oct-2000

III.3.

III.3. Que, dictada la sentencia por el Sumariante, el recurrente presenta memorial señalando: “De conformidad al Decreto Supremo Nº 23318-A, del reglamento de la responsabilidad pública, en su Art. 22 inc. 3), tengo a bien APELAR, de la injusta SENTENCIA dictada por su autoridad, contraviniendo el Art. 31 y 34 de la Constitución Política del Estado y art. 90 del Cdgo. de Pdto. Civil... Por lo expuesto apelo ante el Superior en grado...”. Posteriormente y luego de ser elevado el expediente al Tribunal de Alzada, el 1 de junio de 2000, se apersona indicando que se le hagan conocer ulteriores diligencias; empero, al día siguiente presenta memorial con el argumento de que el Tribunal carecía de jurisdicción y competencia pidiendo su excusa, la cual es rechazada mediante Auto de Vista de 5 de junio de 2000, notificándose al procesado el 9 del mismo mes y año y no habiendo éste interpuesto ningún recurso, el 14 de junio de 2000, el Tribunal Administrativo de Apelación del Servicio Departamental de Educación, dicta Resolución confirmando la Sentencia, con la modificación de que no se descategorice al procesado del cargo de docente.