SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 010/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 010/2000

Fecha: 01-Mar-2000

III.1.

III.1.  Que su autoridad “no ha modificado o alterado ningún Código Sustantivo o Adjetivo, como tampoco se ha dictado algún reglamento sobre procedimientos judiciales”, atribución que es privativa del Poder Legislativo; pero “el Poder Ejecutivo, para ejecutar y hacer cumplir las leyes, debe expedir los decretos y órdenes convenientes sin definir privativamente derechos, alterar los definidos por ley ni contrariar sus disposiciones”.