Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 013/2000
Fecha: 10-Mar-2000
II.1.
II.1. Que admitido el Recurso mediante Auto Constitucional de Admisión No. 120/99 - CA de 14 de diciembre de 1999, que corre a fs. 42 de obrados, los recurridos son citados mediante Provisión Citatoria, remitiendo ante este Tribunal los antecedentes por medio del memorial de fecha 3 de enero de 2000 saliente a fojas 90 a 91 de obrados, en el que los recurridos Luis Ángel Vásquez Villamor y Heriberto Mamani Apaza se apersonan acreditando su personería y solicitando se declare infundado el Recurso de acuerdo a la siguiente argumentación; señalan entre lo más sobresaliente: