SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/2000

Fecha: 17-May-2000

I.5

I.5     Que el Ministerio de Educación tiene las atribuciones que señala el art.11 de la Ley No. 1788 (de Organización del Poder Ejecutivo), y que en ninguna de ellas se encuentra la de convocar a concurso de méritos ni designar  al personal de los SEDUCAs, porque estos aspectos son de atribución de los Prefectos.

Por todo lo precedentemente manifestado, interpone Recurso Directo de Nulidad contra la Resolución ministerial No. 062/00 y la Convocatoria Pública emitida por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes, al amparo de los arts. 31 de la Constitución Política del Estado, 5 -g) y p) de la Ley No. 1654, 11 de la Ley No. 1788, 2 del D.S. 25060, 5 y 9 - o) del D.S. 25232, pidiendo se declare la nulidad de la referida  Convocatoria, por carecer la autoridad recurrida de jurisdicción y competencia al efecto.