SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 030/2000

Fecha: 17-May-2000

V.5

V.5    Que según aparece en la publicación de prensa de fs. 3, la Convocatoria Pública para la selección de postulantes a ocupar cargos ejecutivos y técnicos de los Servicios Departamentales de Educación (SEDUCA) fue hecha conjuntamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y por las Prefecturas Departamentales; de manera que el Ministerio se limitó a apoyar a las Prefecturas y a los SEDUCAs en el propósito de hacer una selección objetiva, imparcial y técnica de los postulantes, en cumplimiento de las atribuciones que le señalan los arts. 11, incisos A) y B) de la Ley No. 1788, y 26, incisos A), B) y D) del D.S. No. 24855, que le dan tuición sobre las entidades educativas públicas, le imponen velar “por la eficiencia y calidad de los servicios” y “establecer las normas para  la administración del personal de educación dependiente del  T.G.N. ...”