Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 702/00-R
Fecha: 18-Jul-2000
III.1.
III.1. Este extremo se extrae del informe de Auditoría técnica-legal y administrativa de 29 de octubre de 1999, cuando señala textualmente en su quinta conclusión "la construcción erigida por Juan Brun Guzmán en terrenos de propiedad Municipal es considerada clandestina" (fs. 45). Esto guarda coherencia con las notificaciones de fs. 205 a 209 de obrados.