Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 702/00-R
Fecha: 18-Jul-2000
IV.
El recurrente interpone el recurso de reconsideración contra la Ordenanza Municipal aludida, recurso que es rechazado por la Alcaldía por no haber sido dictada en base a la nueva Ley de Municipalidades. En ese entendido, el recurrente no contaba con otro medio de defensa, dado que el recurso de apelación procede contra una Resolución Municipal dictada por la autoridad ejecutiva del Municipio, no así contra una Ordenanza dictada por el Concejo Municipal, contra la cual no existe en la anterior legislación municipal ninguna manera de impugnarla.