Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No.059/2000
Fecha: 23-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-6ª) de la Constitución Política del Estado, 7.6) y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836 declara INFUNDADO el presente Recurso Directo de Nulidad, imponiéndose la multa de Bs.300 y costas en aplicación del art. 85-1) de la Ley Nº 1836, que debe pagarse a la orden del tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente sentencia.