Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 855/2000-R
Fecha: 14-Sep-2000
un acto ilegal
Que el art. 19 de la Constitución Política del Estado establece el Recurso de Amparo contra actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen suprimir o restringir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las Leyes, evidenciándose en el caso de autos que la autoridad recurrida ha cometido un acto ilegal y omisión indebida al destituir al recurrente, sin previo proceso interno en el que se determine las responsabilidades de las que se le acusan en el memorandum de fs. 2, como lo disponen las normas legales referidas.
- VISTOS
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO:
- 29 de la Ley Nº 1178
- 41
- un acto ilegal
- POR TANTO
- MAGISTRADO
- I. RESUMEN DEL CASO.-
- procedente
- concederá el Amparo solicitado siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados".
- previo proceso informativo