Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1087/01-R
Fecha: 11-Oct-2001
7.
7. Que, por Auto Constitucional Nº 04/01-O de 30 de julio de 2001, ante el incumplimiento de restitución a su cargo de Rector denunciado por Jaime Robles Miranda, el Tribunal Constitucional dispuso que la Corte de Amparo haga cumplir la Sentencia Constitucional Nº 1173/00-R de 14 de diciembre de 2000, otorgándoles un plazo de 72 horas (fs. 13-15).