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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1308/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1308/01-R

    Fecha: 13-Dic-2001

    2.

    2.  De fojas 13 a 15 cursa el acta de la audiencia pública realizada el  6 de noviembre de 2001, en la cual, el recurrente, a través de su abogada, ratifica y reitera los términos de su demanda y agrega que existe un informe del  Presidente de la Central de  Observación y Clasificación del Ministerio de Gobierno que sugirió se dé cumplimiento al mandamiento de libertad condicional. Reitera su pedido para que sea declarado procedente su Recurso.

    • VISTOS:
    • 1.
    • Fragmento 3
    • 2.
    • a)
    • 3.
    • CONSIDERANDO:
    • nadie puede ser detenido, arrestado, ni puesto en prisión, sino en los casos y según las formas establecidas por Ley
    • emitido por autoridades militares, que no tienen atribución alguna para disponer la  reclusión de ninguna persona en un Centro Penitenciario que no es militar,
    • POR TANTO:

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