Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1308/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución cursante a fs. 16 y 17 de obrados, dictada el 6 de noviembre de 2001 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el Recurso de Hábeas Corpus interpuesto por Juan José Saldías Vargas contra Luis García Grandy, Gobernador del Centro de Rehabilitación “Santa Cruz”; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- 2.
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- nadie puede ser detenido, arrestado, ni puesto en prisión, sino en los casos y según las formas establecidas por Ley
- emitido por autoridades militares, que no tienen atribución alguna para disponer la reclusión de ninguna persona en un Centro Penitenciario que no es militar,
- POR TANTO: