SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 09/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 09/01

Fecha: 15-Feb-2001

II.1.

II.1.      Que fue posesionada como Jueza de Instrucción en lo Penal el 1º de julio de 1997, fecha desde la cual tiene la competencia descrita en el art. 182 de la Ley de Organización Judicial y que en el caso de autos actuó con la facultad reconocida en el numeral tercero de esta disposición legal, consistente en conocer en general todos los procedimientos que le estén atribuidos por Ley, norma concordante con los arts. 112 y 116 del Código de Procedimiento Penal que le permite ejercer funciones de policía judicial encontrándose por tanto, habilitada para conocer y expedir órdenes judiciales destinadas a facilitar la investigación de acuerdo a lo permitido por los arts. 90 y 91-8) y 9) del Código de Procedimiento Penal.