SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/01-R

Fecha: 16-Abr-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836,  REVOCA  la Resolución  cursante a fs. 49 vta. y 50,  pronunciada el 9 de marzo de 2001, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz,  y declara PROCEDENTE el Hábeas Corpus interpuesto  por Franz Avilés Corcuy en representación de Miguel Arístides Contis Barbery, sin lugar a la libertad solicitada al encontrarse este último bajo jurisdicción de autoridades competentes. La Corte del Recurso deberá calificar los daños y perjuicios causados por la recurrida Melfy Saucedo Chávez, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 91.VI de la citada Ley.