SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 447/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 447/01-R

Fecha: 11-May-2001

procedimiento que no se ha seguido en el caso de autos.

Los arts. 48 del citado Reglamento y 45 del Estatuto prevén la posibilidad de apelación del fallo del Tribunal de Honor ante el Directorio del Sindicato y de revisión ante la Asamblea General, que podrá “revisar o confirmar el veredicto”, pudiendo  también recurrirse a las Federaciones o Confederaciones en busca de perdón, indulto  o nulidad.  El art. 46 -  d) del Estatuto contempla como sanción la expulsión del socio por delitos, procedimiento que no se ha seguido en el caso de autos.