SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 448/01-R
Fecha: 18-May-2001
pese a existir prueba que permite deducir la posible comisión de delitos -que necesariamente deben ser investigados- la Jueza recurrida rechazó la querella planteada por la recurrente
Sin embargo en el caso que se examina, pese a existir prueba que permite deducir la posible comisión de delitos -que necesariamente deben ser investigados- la Jueza recurrida rechazó la querella planteada por la recurrente, determinando la remisión de antecedentes al INRA para que éste determine el derecho propietario de las personas involucradas, cuando lo que se busca mediante la acción penal es la sanción de conductas ilícitas, aspecto absolutamente diferente a la dilucidación de la existencia de derechos propietarios y otros, que podrán ser conocidos y resueltos en la vía pertinente, al margen de la investigación y juzgamiento que se efectúe, y la pena que pueda imponerse en caso de establecerse la comisión de hechos punibles.
- VISTOS:
- 1.
- a)
- PROCEDENTE
- CONSIDERANDO:
- el rechazo de querella a efectos de remitir el asunto a otro tribunal, cuando el conocimiento no le competa al Juez en lo Penal, debe fundarse en hechos y datos inequívocos que determinen en forma clara, precisa y contundente que el asunto no puede ser considerado en la justicia penal,
- pese a existir prueba que permite deducir la posible comisión de delitos -que necesariamente deben ser investigados- la Jueza recurrida rechazó la querella planteada por la recurrente
- CONSIDERANDO: Que los arts. 175 y 176 de la Constitución Política del Estado,
- POR TANTO: