SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 504/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 504/01-R

Fecha: 29-May-2001

a)

El Juez recurrido presenta el informe escrito saliente a fs. 163,  en el que expresa que: a) no existe acción coactiva contra el recurrente, ya que el proceso lo instauró el Banco  de Santa Cruz  solamente  contra Juan Carlos Santiestevan Ostria;   b) el recurrente y su esposa María René Gutiérrez de Santiestevan son propietarios del inmueble dado en garantía, pero no se constituyeron en garantes solidarios y mancomunados del deudor; c) en el proceso coactivo civil se dictó sentencia declarando probada la demanda, fallo que fue confirmado en apelación, no existiendo recurso ulterior alguno; d) en  dicha sentencia  dispuso se notifique a los garantes hipotecarios, pero el Oficial de Diligencias del Juzgado no cumplió esa orden, lo que motivó se suspenda el remate “señalado para el día de ayer”, hasta que se cumpla esa instrucción, sin dar curso a la nulidad de obrados por considerar que la sentencia se encuentra  ejecutoriada, conforme lo ha  manifestado en el Auto de 6 de abril de 2001 que adjunta  en calidad de prueba.