SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 44/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 44/2001

Fecha: 18-Jun-2001

IV.3. Que en ese orden el proceso penal concluido y luego la demanda de responsabilidad civil emergente del proceso penal constituyen el presupuesto para demandar responsabilidad civil contra los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, lo que determinó la competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en estricta aplicación y sentido de la  Ley.

IV.3. Que en ese orden el proceso penal concluido y luego la demanda de responsabilidad civil emergente del proceso penal constituyen el presupuesto para demandar responsabilidad civil contra los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, lo que determinó la competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en estricta aplicación y sentido de la  Ley.