SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 565/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 565/01-R

Fecha: 11-Jun-2001

Asamblea Distrital Ordinaria  así como para la elección de delegados titulares y suplentes a la Asamblea de Delegados

Del análisis comparativo de los dos artículos transcritos, se determina que la atribución  para convocar a la Asamblea Distrital Ordinaria  así como para la elección de delegados titulares y suplentes a la Asamblea de Delegados, corresponde al Directorio Distrital, dado que el artículo 47 no le asigna estas atribuciones a la Junta Electoral y por el contrario,  el artículo 32 las determina expresamente como propias del Directorio Distrital.