SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/01

Fecha: 24-Jul-2001

I.6

I.6        Los Autos Supremos dictados por la Corte Suprema de Justicia en el Recurso Directo de Nulidad y la Demanda de Inconstitucionalidad anteriormente mencionados, constituyen cosa juzgada, habiéndose declarado precisamente que su Título Ejecutorial fue producto de un trámite en el que se cumplió la Ley de Reforma Agraria y la Constitución, por lo que la Sentencia del Tribunal Agrario Nacional atropella y "humilla" los arts. 175 - al que contradice el art. 36-2) de la Ley No. 1715 que faculta al Tribunal Agrario Nacional a anular Títulos Ejecutoriales- 228 y 33 de la Constitución Política del Estado, y 336-7) del Código de Procedimiento Civil.