Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/01
Fecha: 24-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley No. 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Hortensia Anaya Vda. de Barrientos, con costas y una multa que se califica en la suma de Bs. 500.- que deberá ser depositada a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal notificación con el presente fallo, debiendo remitir al Tribunal Constitucional el comprobante correspondiente.