Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/01
Fecha: 24-Jul-2001
V.1 La Ley No. 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria
V.1 La Ley No. 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria promulgada el 18 de octubre de 1996, en su Título II (Marco Institucional), Capítulo III (De la Judicatura Agraria), Sección II (Del Tribunal Agrario Nacional), art. 36, establece las competencias de las Salas del Tribunal Agrario Nacional, determinando en su inciso segundo que tienen la atribución de "Conocer y resolver, en única instancia, las demandas de nulidad y anulabilidad de Títulos Ejecutoriales y de los procesos agrarios que hubieran servido de base para la emisión de los mismos, tramitados ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria, el Instituto Nacional de Colonización y el Instituto Nacional de Reforma Agraria".